Clínica Universidad de los Andes / Ley de Urgencia

La Ley de Urgencia garantiza la atención médica inmediata a cualquier persona que enfrente una situación de riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave, sin importar su previsión de salud ni su capacidad de pago en ese momento. Ningún centro de salud puede negar esta atención ni exigir pagos, cheques o garantías para otorgarla.

La ley de Urgencia no se limita a enfermedades específicas. Aplica a cualquier situación de salud que implique riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave según evaluación médica, aunque existen exclusiones para el otorgamiento del beneficio las que puedes ver en el Decreto 34, Titulo II, Art 6, donde se explican las excepciones del beneficio.

¿Qué situaciones cubre la Ley de Urgencia?

Infartos

Traumatismos Graves

Hemorragias Severas

Dificultades respiratorias críticas

Para profundizar en el marco legal, puedes revisar el Decreto Supremo N°34 del Ministerio de Salud, que establece la normativa que regula la aplicación de la Ley de Urgencia.

¿Cómo funciona la ley de urgencia?

Ingreso del paciente al servicio de urgencia

Médico de urgencia certifica ley de urgencia y notifica a aseguradora

Paciente recibe atención según el caso

Médico certifica estabilización del paciente según criterios de Ley de Urgencia lo que permite su traslado a otro centro

El paciente firma la modalidad de atención, que puede ser Institucional (traslado a su red preferente)
o Libre Elección (permanece en el mismo centro). En ambos casos, la Clínica solicitará la firma de un pagaré como respaldo.

Aseguradora (Isapre o Fonasa)  paga cuenta a  la clínica o centro de salud

Aseguradora (Isapre o Fonasa) cobra al paciente el préstamo 

¿Qué significa que un paciente esté estabilizado?

Un paciente estabilizado no necesariamente está de alta.

Significa que, aunque su condición no esté completamente resuelta, puede ser trasladado a otro centro sin poner en riesgo su vida ni su evolución clínica.

¿Qué modalidades de atención existen?

Atención institucional: Paciente solicita traslado a su red preferente. En el caso de estar afiliado a una Isapre, la lista de prestadores está contenida en el plan de salud contratado por el paciente. En el caso de Fonasa, el prestador preferente corresponde al hospital asignado según el domicilio declarado por el paciente.

Libre elección: Paciente opta por continuar su hospitalización en nuestra Clínica. Esta decisión podría implicar un mayor costo para el paciente en caso de que nuestro centro no sea un prestador preferente, según su plan de salud.

¿Cómo funciona el pago?

La Ley de Urgencia no es gratuita. Su objetivo es asegurar que, durante una situación de urgencia, la institución de salud no exija pagos inmediatos. Posteriormente, Fonasa o la Isapre paga directamente al prestador de salud y luego cobra al paciente el copago correspondiente, de acuerdo con su plan de salud. El copago puede pagarse en cuotas mensuales, las cuales no pueden superar el 5% del ingreso del afiliado.

¿Tu ingreso fue por un accidente automovilístico?

Revisa todo lo que debes saber sobre el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP)
 

Ver más

Si consideras que la normativa no fue cumplida, puedes realizar una solicitud ante la Superintendencia de Salud